
La Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación, por unanimidad, declaró culpable a un hombre por un delito contra la integridad sexual y lo condenó a la pena de 10 años de prisión. No obstante, mantiene la libertad hasta que el fallo quede firme.
El ultraje sucedió el 14 de enero de 2023, alrededor de las 19, en el interior de un automóvil. El rodado se encontraba estacionado en inmediaciones de la Rotonda del Ciclista, Fray Mamerto Esquiú, sobre la Ruta Provincial Nº 1. El acusado había agredido a golpes a quien era su pareja y la mujer perdió el conocimiento. El hombre habría aprovechado la situación para ultrajar a la víctima, quien no estaba en condiciones de dar su consentimiento. Durante la investigación, el imputado se mantuvo en silencio.
Por tratarse de un delito de instancia privada, el debate se desarrolló a puertas cerradas. El juicio había comenzado la semana pasada. En la primera audiencia –el martes 10 de febrero-, desde el banquillo de los acusados, el hombre negó la acusación que pesa en su contra y contó su versión. El acusado aseguró que hubo consentimiento y que de común acuerdo fueron a un motel.
A su turno, declaró la denunciante. La mujer ratificó sus dichos. También declararon un testigo y una psicóloga del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF) del Poder Judicial. El jueves, en la tercera audiencia, se dio por finalizada la ronda de testigos. Luego, el tribunal pasó a un cuarto intermedio hasta ayer, para continuar con la instancia de alegatos.
De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, el fiscal de Cámara Augusto Barros mantuvo la acusación y pidió una pena de 10 años de prisión. El imputado había llegado a debate en libertad y el representante del Ministerio Público no solicitó prisión preventiva. A su turno, la defensa, representada por el abogado del foro local Víctor García, se opuso al planteo del fiscal y solicitó la absolución para su asistido.
Tras los alegatos, los jueces Miguel Lozano Gilyam, Luis Guillamondegui y Silvio Martoccia pasaron a deliberar. En horas de la siesta, se leyó el veredicto. El acusado fue declarado culpable en delito de “abuso sexual con acceso carnal” y, en consecuencia, se lo condenó a la pena de 10 años. Sin embargo, mantiene la libertad hasta que la sentencia quede firme.
OGA
En la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial, se sortearon potenciales jurados por un juicio popular por violencia sexual. En este caso, dos acusados deberán responder por “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar un grave daño en la salud física de la víctima y por haber sido cometido por dos o más personas en calidad de coautores”.
El camarista Luis Guillamondegui será el juez director. El Ministerio Público será representado por el fiscal Augusto Barros, quien estará acompañado por el abogado de la querella Sebastián Ibáñez. La defensa estará a cargo del abogado del foro local Juan Pablo Morales. La audiencia de admisión de evidencias tendrá lugar el 7 de abril y el inicio del debate está previsto para el 2 de junio.
El hecho sucedió en noviembre de 2024, en un motel de Valle Viejo. Personal del establecimiento habría advertido la situación y dado aviso. La víctima de esta agresión sexual fue quien realizó la denuncia penal en contra de ambos. La mujer presentó la querella en Fiscalía General para ser parte del proceso como querellante, con el patrocinio del abogado Ibáñez.
En un primer momento, la investigación estuvo a cargo del fiscal de Instrucción de Segunda Nominación Laureano Palacios y luego, el expediente fue remitido a la fiscal de Violencia Familiar y de Género Alejandra Antonino. Actualmente, ambos acusados se encuentran privados de la libertad, con prisión preventiva, en el Servicio Penitenciario Provincial, en Capayán.n
