
En el Salón San Martín de la Corte de Justicia de Catamarca, ante la Sala Penal, se realizó una audiencia de expresión de agravios. La defensa de un hombre hallado culpable en juicio por jurados en delito contra la integridad sexual y condenado a nueve años de prisión cuestionó la constitución del jurado y la presentación de la prueba, entre otras cuestiones.
De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, este juicio por jurados se realizó el pasado mayo, en Tinogasta. Un jurado integrado por 12 vecinos halló al acusado culpable en el delito de abuso sexual agravado. En audiencia de cesura de pena, el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal de Cámara Alejandro Dalla Lasta Baroni y el fiscal del caso Luis Jorge Barros Risatti, había pedido una pena de 13 años y la defensa, ocho años. Tras escuchar los alegatos, el juez director Mauricio Navarro Foressi impuso una condena de nueve años de prisión.
Ante este veredicto y condena, los abogados de la defensa Luciano Rojas y Pablo Rivera presentaron un recurso de casación en la Corte de Justicia. Ayer, se llevó a cabo la audiencia de cesura de pena. En la ocasión, la defensa cuestionó, en primer lugar, la constitución del jurado y el modo en que se resolvieron las recusaciones de sus integrantes. A la vez, apuntó contra determinadas decisiones vinculadas con la admisión y la producción de la prueba durante el debate, y contra el contenido de las instrucciones que el juez director impartió al jurado antes de que se retirara a deliberar. Además, el planteo de la defensa recayó sobre la actuación del Ministerio Público Fiscal durante el alegato de clausura.
A su turno, el fiscal Dalla Lasta Baroni rebatió cada uno de esos argumentos y solicitó a la Sala que confirme tanto el veredicto de culpabilidad como la sentencia de nueve años. Ahora, los ministros Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño deberán resolver si hace lugar al recurso de la defensa o si ratifica lo decidido por el jurado y por el juez director.
Puertas adentro
El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más extrema que niños, niñas y adolescentes pueden sufrir. No obstante, el dato más importante que advierten los profesionales en esta temática es que en la gran mayoría de los casos se trata de abusos sexuales intrafamiliares: padre, abuelo, hermano, tío o primo son los principales sospechosos.
Ante la sospecha, duda a certeza, se debe denunciar. En octubre de 2018, tras una modificación en el artículo 72 del Código Penal Argentino (CPA) se convierte en carácter de orden público los delitos sexuales contra chicos y chicas. De esta manera, la acción ante la Justicia podrá ser iniciada por cualquier persona y el Estado, a través de los fiscales, estará obligado a llevar adelante las investigaciones correspondientes. Es decir, se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder.
La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes funciona las 24 horas, los 365 días. A través de este servicio, se pueden realizar consultas y asesoramiento. Esta Línea es un canal oportuno para informar sobre situaciones en las que se vulneren los derechos de niños, niñas y adolescentes.
